Tramos para la declaración del IRPF de 2024

Junto a las fechas en las que se podrá confeccionar y presentar la declaración de la renta, ya conocemos los tramos y tipos impositivos de la base del ahorro y de la base general.

Los tramos que se aplicarán a la base imponible general en el ejercicio 2024 —que, recordemos, es el que se declara en 2025— son los siguientes:

  • Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
  • Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.
  • Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.
  • Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.
  • Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.
  • Más de 300.000 euros: retención del 47%.

Los porcentajes exactos, eso sí, dependerán de los tipos impositivos que aplique cada comunidad autónoma. También conviene recordar que no se tributa por todos los ingresos al tipo de retención más alto. De hecho, el IRPF es un impuesto progresivo y esto significa que los porcentajes se van aplicando de uno en uno, empezando por el inferior.

Persona realizando la Declaración de la Renta 2024 en Murcia, utilizando un ordenador y calculadora para gestionar impuestos y documentos fiscales.

Las rentas procedentes del ahorro tributan a un porcentaje menor que la renta que no forma parte del ahorro, conocida como general.

 A continuación, incluimos la escala consolidada aplicable a la base liquidable del ahorro a partir de 1 de enero de 2025 tras la modificación aprobada:

A continuación, incluimos la escala consolidada aplicable a la base liquidable del ahorro a partir de 1 de enero de 2025 tras la modificación aprobada:

Base liquidable del ahorroCuota íntegraResto base liquidable del ahorroTipo aplicable
006.00019%
6.000,001.14044.00021%
50.000,0010.380150.00023%
200.000,0044.880100.00027%
300.000,0071.880En adelante30% (antes 28%)

Novedades en la Declaración de la Renta 2024

Nuevo límite exento de declarar

En 2025 cambian los límites para estar obligado a hacer la renta con dos o más pagadores.

En concreto, aumenta de 1.500 euros a 2.500 el máximo que puedes cobrar del segundo y siguientes pagadores si tus ingresos están por encima de 15.000 euros. 

 efectos prácticos, esto quiere decir que una persona con varios trabajos que ingrese menos de 22.000 euros al año no tendrá que hacer la renta si no ha recibido más de 2.500 euros del segundo y siguientes pagadores. 

Más impuestos a las inversiones

Entre los impuestos que suben en 2025 está en IRPF a través de las rentas del ahorro, que es la parte destinada a las inversiones. 

El Ejecutivo ha aumentando dos puntos porcentuales el tramo más alto o tipo marginal, que pasa del 28% al 30%. Con esta subida, la tabla del ahorro en la renta queda de la siguiente forma: 

  • Ganancias hasta 6.000 euros, tributan al 19%.
  • ​Ganancias entre 6.000 y 50.000 euros, tributan al 21%.
  • ​Ganancias entre 50.000 y 200.000 euros, tributan al 23%.
  • ​Ganancias entre 200.000 y 300.000 euros, tributan al 27%.
  • ​Ganancias superiores a 300.000 euros, tributan al 30%.

Reducción por actividades artísticas

Los artistas podrán disfrutar de una reducción del 30% por rendimientos excepcionales. Esta medida afectará trabajadores y autónomos de artes escénicas, literaturas, audiovisuales y de la música, entre otros. 

  • Quienes hayan tenido rendimientos un 130% superiores a la media de los últimos tres ejercicios sin superar los 150.000 euros, podrán aplicar una reducción del 30% sobre los mismos.
  • El objetivo de la medida es no penalizar a los artistas que hayan aumentando sus ingresos en el último año.

Prórroga de las deducciones por eficiencia energética

En el último momento, el Ejecutivo ha decidido alargar un año más las obras que desgravan en la renta por mejorar la eficiencia energética. 

De nuevo habrá tres modalidades de deducciones según el tipo de mejora que se haga: 

  • Deducción del 20% sobre un máximo de 5.000 euros para obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y aire acondicionado.
  • ​Deducción del 40% sobre una base máxima de 7.500 euros para obras que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable.
  • ​Deducción del 60% sobre una base anual máxima de 5.000 euros y 15.000 euros al año para obras de rehabilitación energética en edificios.

Prórroga de la deducción por compra de vehículo eléctrico

También se renueva la deducción del 15% por adquisición de vehículos eléctricos sobre una base máxima de 20.000 euros. 

Y lo mismo ocurre con la deducción del 15% sobre un máximo de 4.000 euros por instalar puntos de recarga.

Prórroga de la deducción en la Declaración de la Renta 2024 por la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga en España.

Exención de las donaciones a trabajadores afectados por la DANA

Las donaciones de las empresas a sus trabajadores destinadas a cubrir los gastos ocasionados por la DANA estarán exentas de tributar. 

Es decir, no será necesario incluirlas en la renta y, por lo tanto, no habrá que pagar impuestos por ellas. 

Prórroga del sistema de módulos para los autónomos

Más que de novedad fiscal de 2025, en este caso se podría hablar de una tradición fiscal.

Y es que, un año más se han prorrogado los límites del régimen de estimación objetiva o de módulos para los autónomos. 

La orden fija un límite de 250.000 euros de rendimiento neto para poder acogerse al régimen de módulos con un volumen de compras y servicios máximos también de 250.000 euros. 

El límite es de 125.000 euros para los autónomos que facturen a empresas y estén obligados a emitir facturas.

Obligación de Declaración de la Renta 2024 para Beneficiarios del Desempleo

Una de las novedades más relevantes de cara a este año es que los parados beneficiarios de la prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta a partir de 2025, con independencia de que cumplan o no el importe mínimo para hacerla, como era preceptivo hasta ahora.

Qué debes recordar al hacer la declaración de la renta 2024

Hay algunas cosas que deberás recordar a la hora de realizar y presentar la declaración de la renta:

Internet, única vía para presentar

Ten en cuenta que solo podrás presentar la declaración a través de internet. Aunque puedas contar con ayuda telefónica y presencial para confeccionarla, será obligatorio registrarla de manera telemática.

Modelos que hay que presentar

Recuerda que los modelos que se deben cubrir y presentar son el modelo 100 para la declaración de la renta y el modelo 714 para la declaración del impuesto de patrimonio.

Si eres autónomo, toca declarar

 Efectivamente, desde el año pasado todos los autónomos tienen que presentar la declaración de la renta del ejercicio correspondiente. Basta con que hayan estado dados de alta en cualquier momento de 2024 para que se vean obligados a hacerlo. No importa si solo han estado de alta un mes para cobrar un trabajo puntual: tendrán que cumplir con este trámite.

Ventas de artículos en plataformas

Al hacer la declaración de la renta, no olvides incluir la información correspondiente a las ventas que hayas realizado en plataformas como Wallapop o AirBNB si en 2024 efectuaste más de treinta transacciones u obtuviste más de doscientos euros con ellas. Debes hacerlo: las propias plataformas están obligadas a informar a Hacienda en estos casos.

Deducciones

Si has realizado alguna acción en 2024 que te permita mejorar la declaración de la renta, no olvides incluirla.

Declaración de la Renta 2024: Nuevas Obligaciones para Desempleados, Autónomos e IMV

Una de las novedades más relevantes de cara a este año es que los parados beneficiarios de la prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta a partir de 2025, con independencia de que cumplan o no el importe mínimo para hacerla, como era preceptivo hasta ahora.

Al igual que el año pasado, también estarán obligados a presentar la declaración los autónomos, independientemente de sus ingresos, y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Devolución a mutualistas

Las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos que resulten de la aplicación de la disposición transitoria segunda de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (DT 2ª de la LIRPF) se podrán solicitar año a año, a partir de 2025, mediante la presentación de los correspondientes formularios de solicitud de devolución que se pongan a disposición de los mutualistas en la sede electrónica de la Agencia Tributaria durante el plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF con el siguiente calendario:

  • En 2025 se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos.
  • En 2026 se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2020.
  • En 2027 se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2021.
  • En 2028, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2022.

Las devoluciones solicitadas a través del anterior formulario habilitado por la AEAT en marzo de 2024 que estuvieran en curso y cuya devolución no se hubiera acordado, quedarán sin efecto (sin perjuicio de los efectos interruptivos de la prescripción que se hayan podido producir).

Conclusión: Claves para la Declaración de la Renta 2024

La Declaración de la Renta 2024 trae consigo importantes novedades que pueden afectar tanto a trabajadores, autónomos, inversores y beneficiarios de prestaciones. Conocer los plazos, las nuevas obligaciones fiscales y las deducciones disponibles es clave para evitar errores y optimizar tu declaración.

En Asesorania, estamos aquí para ayudarte a presentar tu Declaración de la Renta 2024 de manera rápida, segura y conforme a la normativa vigente. Si necesitas asesoramiento profesional, no dudes en ponerte en contacto con nosotros:

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